miércoles, 25 de junio de 2008

Ejemplo de publicidad engañosa


El hotel contratado por Internet no cumple las condiciones convenidas

Varias personas contrataron un hotel de tres estrellas durante cuatro noches en Ibiza. La reserva se hizo por Internet, atendiendo a una publicidad sobre establecimientos de tres o cuatro estrellas. Abonaron anticipadamente 137"5 euros y los 451 euros restantes mediante su tarjeta American Express. Cuando llegaron al hotel les asignaron una habitación sin armarios ni televisor, y el restaurante y bar del hotel permanecían cerrados por reforma. Ante esta situación lo abandonaron y exigieron que no se les pasase ningún otro cargo a la tarjeta. Pero este cargo se realizó y demandaron en juicio a la empresa de reservas, exigiendo la devolución del dinero. A la vista de las pruebas, la Audiencia provincial de Baleares, en sentencia de 25 de mayo de 2006, calificó la publicidad realizada por esta empresa como engañosa. Por ello, declaró resuelto el contrato y condenó a la empresa de reservas a devolver el dinero pagado, más intereses y costas.

PUBLICIDAD ILÍCITA

Publicidad ilícita: La publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución. La publicidad engañosa; la publicidad desleal; la publicidad subliminal; y la que infrinja lo dispuesto en la normativa que regule la publicidad de determinados productos, bienes, actividades o servicios.

Tipos de publicidad ilícita

Publicidad engañosa: Induce o puede inducir a error a sus destinatarios, pudiendo afectar a su comportamiento económico, o perjudicar o ser capaz de perjudicar a un competidor o silencie datos fundamentales de los bienes, actividades o servicios cuando dicha omisión induzca a error de los destinatarios. A su vez, la publicidad engañosa puede ser: Publicidad encubierta, Publicidad engañosa por omisión, “letra pequeña”, la exageración publicitaria ,Publicidad de Tono excluyente

Publicidad desleal: La que por su contenido, forma de presentación o difusión provoca el descrédito, denigración o menosprecio directo o indirecto de una persona, empresa o de sus productos, servicios o actividades; así como la que induce a confusión con las empresas, actividades, productos, nombres, marcas u otros signos distintivos de los competidores,

Publicidad subliminal: La que mediante técnicas de producción de estímulos de intensidades fronterizas con los umbrales de los sentidos o análogas, pueda actuar sobre el público destinatario sin ser conscientemente percibida.